Provisiones, cédulas, instrucciones para el gobierno de la Nueva España / por el doctor Vasco de Puga
Tipo de material: TextoSeries (Colección de Incunables Americanos. Siglo XVI ; v. III)Detalles de publicación: Madrid : Cultura Hispánica, 1945Edición: Ed. facsímDescripción: 213 h. : facsím. ; 28 cmRevisión: Recopilación de las primeras Cédulas Reales con el objetivo de la buena administración de justicia y gobernación de las tierras americanas. La Audiencia de México, desde el siglo XVI, trató de recopilar la legislación referente a Nueva España, y así, en 1563 el oidor Vasco de Puga publicó sus Provisiones… por disposición de Felipe II, dirigida al virrey novo-hispano Luis de Velasco, quien se atuvo tenazmente a la aplicación y seguimiento de lo encomendado desde España. La presente compilación propone una sistemática jurídica con la mención del precepto y su ordenamiento. Puga sólo incluyó en su Cedulario las normas vigentes para la Nueva España (1525-62) extraídas de los registros cedularios audienciales. La asociación de la obra con la figura del autor llevó a inmortalizarla y difundirla como el “Cedulario de Puga”. Este compendio se presenta como un documento de inestimable valor para los recopiladores posteriores y los estudiosos en general, y es imprescindible para el conocimiento de la Nueva España en el siglo XVI.Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Copia número | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Monografías | Biblioteca Histórica | COLESP B8-TE8 (Navegar estantería(Abre debajo)) | ej.1 | Consulta condicionada | Ejemplar numerado y presenta reclamos. | 5000254977 |
Recopilación de las primeras Cédulas Reales con el objetivo de la buena administración de justicia y gobernación de las tierras americanas. La Audiencia de México, desde el siglo XVI, trató de recopilar la legislación referente a Nueva España, y así, en 1563 el oidor Vasco de Puga publicó sus Provisiones… por disposición de Felipe II, dirigida al virrey novo-hispano Luis de Velasco, quien se atuvo tenazmente a la aplicación y seguimiento de lo encomendado desde España. La presente compilación propone una sistemática jurídica con la mención del precepto y su ordenamiento. Puga sólo incluyó en su Cedulario las normas vigentes para la Nueva España (1525-62) extraídas de los registros cedularios audienciales. La asociación de la obra con la figura del autor llevó a inmortalizarla y difundirla como el “Cedulario de Puga”. Este compendio se presenta como un documento de inestimable valor para los recopiladores posteriores y los estudiosos en general, y es imprescindible para el conocimiento de la Nueva España en el siglo XVI.
Reproducción facsím. de la ed. de: México : Pedro Ocharte, 1563.